Derecho al Disfrute del Más Alto Nivel de Salud

Medir es conocer, conocer es mejorar.Lord Kevin

La observación general número catorce titulada "El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud", fue publicada hace 25 años por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. Hace 8 días la presidenta Sheinbaum presentó el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 al escrutinio de la Cámara de Duputados. Del contraste entre ambas visiones les comento en este editorial.

El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, consagrado en el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, establece que toda persona tiene derecho a acceder a servicios de salud adecuados, oportunos y de calidad, así como a los factores determinantes básicos de la salud, como agua potable, alimentación adecuada y condiciones de vida dignas. Este derecho implica obligaciones claras para los Estados: garantizar disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad en los servicios de salud. En México, este principio debería ser el eje rector de cualquier política pública en materia de salud.

Por otro lado, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2025-2030 presentado recientemente busca consolidar la llamada "Cuarta Transformación" bajo el modelo del Humanismo Mexicano. Entre sus objetivos se encuentra la ampliación de derechos sociales como la salud y la educación, con un enfoque en la justicia social y el bienestar. Sin embargo, al analizar las propuestas del PND en materia de salud, surgen preocupaciones sobre su capacidad para cumplir con los estándares internacionales del derecho a la salud.

El PND presenta deficiencias respecto al derecho a la salud. Por ejemplo, en accesibilidad y cobertura, aunque el PND menciona la consolidación del IMSS-Bienestar como el mejor sistema de salud pública gratuita y promete atención médica domiciliaria para adultos mayores, no aborda suficientemente las brechas existentes en accesibilidad física y económica. En muchas regiones rurales e indígenas, los servicios médicos están geográficamente alejados y carecen de infraestructura adecuada. Esto contrasta con la obligación estatal de garantizar que los servicios estén al alcance razonable de todos los sectores poblacionales.

En cuanto a la calidad de los servicios, el PND incluye planes para modernizar hospitales y centros de salud, así como inaugurar nuevas unidades médicas. Sin embargo, no detalla cómo se garantizará la calidad científica y técnica exigida por el derecho internacional. La falta de personal médico capacitado y medicamentos esenciales sigue siendo un desafío crítico que no parece resolverse con las medidas propuestas.

Los determinantes básicos de la salud son otra ausencia en el PND. El derecho a la salud incluye acceso a agua potable, alimentación adecuada y condiciones sanitarias óptimas. Si bien el PND menciona proyectos para saneamiento de ríos contaminados y tecnificación agrícola, no establece mecanismos claros para garantizar acceso equitativo a estos recursos esenciales. Esto puede perpetuar desigualdades estructurales en comunidades vulnerables.

Un aspecto clave del derecho a la salud es la participación ciudadana activa y de sus comunidades en decisiones relacionadas con políticas sanitarias. Aunque el PND menciona consultas ciudadanas para su elaboración, no queda claro cómo se integrará esta participación en la implementación concreta de programas sanitarios.

Hay propuestas insuficientes frente a retos estructurales. El PND enfatiza una visión humanista que prioriza a los sectores vulnerables mediante programas sociales universales. Sin embargo, esta perspectiva no aborda suficientemente problemas estructurales como la fragmentación del sistema de salud aumentada ahora con el IMSS-Bienestar; la insuficiencia presupuestaria para garantizar servicios universales aportando tan solo el 2.5% del PIB en presupuesto público y la falta de indicadores claros para medir avances en equidad sanitaria. Además, aunque se promete que los apoyos económicos crecerán por encima de la inflación, esto no necesariamente garantiza mejoras sustanciales en el acceso ni en la calidad sanitaria.

Para que México cumpla con su obligación internacional respecto al derecho a la salud y supere las deficiencias del PND 2025-2030, se requieren acciones concretas como el fortalecimiento presupuestario incrementando significativamente los recursos destinados al sector salud para cubrir necesidades básicas como infraestructura médica, capacitación del personal sanitario y adquisición de medicamentos esenciales, es decir, regresar al menos a un gasto del 3 % del PIB (lo ideal es 6%). Reducir las desigualdades estableciendo estrategias específicas para garantizar acceso equitativo a servicios médicos en comunidades rurales e indígenas, donde la salud digital -telemedicina, teleconsulta, expediente clínico electrónico- debiera jugar un papel protagónico para disminuir las desigualdades. Se deben referir indicaciones claros, estableciendo metas medibles relacionadas con cobertura universal, calidad sanitaria y reducción de enfermedades prevenibles por cada subsistema de salud. Se deben crear mecanismos permanentes para integrar las voces ciudadanas en las decisiones sobre políticas públicas sanitarias desde el nivel comunidad hasta los servicios de alta especialidad. El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud es un estándar ambicioso pero necesario para garantizar una vida digna para todas las personas.

Dr. Éctor Jaime Ramírez Barba 8 de marzo de 2025
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Muerte Materna y Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030